IVA – Sistema Integral de Retenciones Electrónicas (SIRE)

Se prorroga al 1/12/2019 el uso obligatorio para los agentes de recaudación del IVA; se habilita un certificado global y así mismo en forma transitoria, las percepciones deberán ingresarse en forma mensual.

Mediante la presente se modifica la Resolución General N° 4.523 que estableció el uso obligatorio sistema SIRE para los agentes de retención y/o percepción del impuesto al valor agregado a partir del 1 de octubre de 2019, prorrogando la obligatoriedad al 01/12/2019.

Así mismo la resolución habilita en el Sistema Integral de Retenciones Electrónicas (SIRE), la posibilidad de generar un “Certificado Global” por las percepciones practicadas del impuesto al valor agregado correspondientes a un mismo régimen, sujeto y período fiscal.

Se establece que excepcionalmente las percepciones del impuesto al valor agregado practicadas entre los meses de diciembre de 2019 y mayo del 2020 sean ingresadas de manera mensual, en lugar de quincenal.

Finalmente en cuanto a las percepciones practicadas por la prestación de servicios digitales en el marco del régimen de la Resolución General N° 4.240 deberán ingresarse e informarse en los términos de la Resolución General N° 2.233, Sistema de Control de Retenciones (SICORE).

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    24/11/2024

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