IVA – Sistema Integral de Retenciones Electrónicas (SIRE)
Se prorroga al 1/12/2019 el uso obligatorio para los agentes de recaudación del IVA; se habilita un certificado global y así mismo en forma transitoria, las percepciones deberán ingresarse en forma mensual.
Mediante la presente se modifica la Resolución General N° 4.523 que estableció el uso obligatorio sistema SIRE para los agentes de retención y/o percepción del impuesto al valor agregado a partir del 1 de octubre de 2019, prorrogando la obligatoriedad al 01/12/2019.
Así mismo la resolución habilita en el Sistema Integral de Retenciones Electrónicas (SIRE), la posibilidad de generar un “Certificado Global” por las percepciones practicadas del impuesto al valor agregado correspondientes a un mismo régimen, sujeto y período fiscal.
Se establece que excepcionalmente las percepciones del impuesto al valor agregado practicadas entre los meses de diciembre de 2019 y mayo del 2020 sean ingresadas de manera mensual, en lugar de quincenal.
Finalmente en cuanto a las percepciones practicadas por la prestación de servicios digitales en el marco del régimen de la Resolución General N° 4.240 deberán ingresarse e informarse en los términos de la Resolución General N° 2.233, Sistema de Control de Retenciones (SICORE).
CONFIS | Conforto, Fissore & Asociados, está conformada por un equipo de profesionales con una vasta experiencia en asesoramientos impositivos
Ante cualquier duda, consúltenos ingresando aquí.