AFIP Facturación – Identificación Del Consumidor Final

Se actualizan según lo dispuesto por la AFIP, los importes de las operaciones a partir de los cuales los contribuyentes se encuentran obligados a identificar los datos del consumidor final en las operaciones de venta:
De esta forma, deben identificar al adquirente los contribuyentes que efectúan ventas minoristas cuando el importe de la operación sea igual o superior a $ 20.932; o cuando la operación sea por un importe superior a $10.466 y no se cancele con medios electrónicos de pago autorizados.
También deben identificar al consumidor final los sujetos cuya actividad principal sea «comercialización mayorista», salvo que la operación se realice por un importe inferior a $10.466 y sea cancelada por medios electrónicos.
La citada modificación corresponde a la actualización semestral en base al IPC del periodo julio-diciembre 2020.

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    23/11/2024

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