AFIP | Se suspenden los certificados de no percepción de Ganancias e IVA a importadores

Mediante la RG 5339/2023  se establece la suspensión,  hasta el 31 de diciembre de 2023, inclusive, de la aplicación de los certificados de no retención en el impuesto a las ganancias a los fines del régimen de percepción del impuesto a las ganancias, para las operaciones de importación definitiva de bienes, establecida por la RG 2281.

Asimismo se suspenden hasta el 31 de diciembre de 2023, inclusive, la posibilidad de solicitar el certificado de exclusión del régimen de percepción del impuesto al Valor Agregado por operaciones de importación definitiva de bienes  contemplada en el artículo 8° de la Resolución General N° 2.937.

Se debe aclarar, que dichas suspensiones no serán de aplicación para las siguientes operaciones:

  1. Importaciones para consumo efectuadas por Micro y Pequeñas empresas que tengan un certificado “MiPyME” -obtenido de conformidad con lo dispuesto por la Resolución N° 220 del 12 de abril de 2019 de la ex Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa del entonces Ministerio de Producción y Trabajo y sus modificatorias- vigente al momento de la importación.
  2. Importaciones para consumo que se realicen por cuenta y orden del Estado Nacional.
  3. Importaciones para consumo eximidas de impuestos nacionales por la Ley Nº 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023.

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    Confis

    31/10/2024

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