Comunicación “A” 7735/2023 BCRA
Mediante la comunicación A7735/23 del BCRA se establece que: Las personas humanas que sean beneficiarias del “Plan de pago de deuda previsional” previsto en la Ley Nº 27.705 u otro plan de regularización de deuda previsional, no podrán hasta tanto hayan cancelado la deuda:
Acceder al mercado de cambios para realizar compras de moneda extranjera para la formación de activos externos de residentes, remisión de ayuda familiar y por operaciones con derivados. Para aclarar no podrán acceder a la compra de dólar ahorro ni de dólar bursátil (MEP o CCL).