Extensión del Plazo para Implementación de Controladores Fiscales de Nueva Tecnología
Mediante Resolución General 4592 se extiende el plazo para incorporar controladores fiscales de nueva tecnología para quienes desarrollen Venta al por mayor en supermercados mayoristas de alimentos y de materiales y productos de limpieza.
Aquellos contribuyentes que desarrollen como actividad principal la ‘Venta al por mayor en supermercados mayoristas de alimentos’ y/o ‘Venta al por mayor de materiales y productos de limpieza’, que registren en el último año comercial cerrado operaciones por un monto mayor o igual a $ 50.000.000 y, opten por utilizar controladores fiscales para emitir los comprobantes que respalden sus operaciones, a partir del día 1 de septiembre de 2019 dicho equipamiento deberá ser de ‘nueva tecnología’.
Los mencionados sujetos que superen los 100 equipos activos a renovar por controladores fiscales de ‘nueva tecnología’, y/o reemplazarlos por la emisión de comprobantes electrónicos, podrán presentar un plan de implementación gradual de hasta un máximo 4 meses.
La presentación del plan deberá efectuarse a través de una nota con carácter de declaración jurada ante la dependencia de AFIP en la que se encuentren inscriptos, expresando el motivo de la necesidad del plan de instalación y su compromiso con el mismo.
El incumplimiento de lo dispuesto precedentemente se considerará como un desistimiento tácito del compromiso asumido.
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