Impuesto sobre los bienes personales
Se publicó la ley 27667, que establece una serie de modificaciones en la ley del impuesto, que a continuación se detallan:
- Se incrementa a $6.000.000 el mínimo no imponible del impuesto.
- Se eleva a $30.000.000 el monto hasta el cual quedan no alcanzados por el gravamen, los inmuebles destinados a la casa habitación.
- Se prevé la actualización automática y anual del mínimo no imponible y de las escalas del impuesto en base a la variación del IPC.
- Se establece la modificación de las escalas agregando dos niveles para los patrimonios del país que superan los 100 millones de pesos y los 300 millones de pesos con una alícuota del 1,5% y 1,75% respectivamente, quedando de la siguiente manera:
El gravamen a ingresar por los bienes situados en el exterior, será el que resulte de aplicar, sobre el valor total de los bienes situados en el exterior que exceda el mínimo no imponible no computado contra los bienes del país, las siguientes alícuotas: