LIQUIDACIÓN DE DIVISAS EXPORTADORES DE SERVICIOS – COM A 8074

Mediante la comunicación A 8074 del Banco Central, BCRA, se eleva el monto respecto del cual se encuentran excluidas de liquidar los cobros de exportaciones de servicios las personas humanas según lo establecía la comunicación 7518 del 06/2022, pasando de U$S 12.000 anuales a U$S 24.000 anuales.

Se trata de cobros de exportaciones de servicios prestados por personas humanas y donde se cumplan la totalidad de las siguientes condiciones:

Las operaciones correspondan a los siguientes códigos de concepto:

  • S01 Mantenimiento y reparaciones.
  • S07 Servicios de construcción.
  • S12 Servicios de telecomunicaciones.
  • S13 Servicios de informática.
  • S14 Servicios de información.
  • S15 Cargos por el uso de la propiedad intelectual.
  • S16 Servicios de investigación y desarrollo.
  • S17 Servicios jurídicos, contables y gerenciales.
  • S18 Servicios de publicidad, investigación de mercado y encuestas de opinión pública.
  • S19 Servicios arquitectónicos, de ingeniería y otros servicios técnicos.
  • S21 Servicios relacionados con el comercio.
  • S22 Otros servicios empresariales.
  • S23 Servicios audiovisuales y conexos.
  • S24 Otros servicios personales, culturales y recreativos (incluye enseñanzas educativas).
  • S27 Otros servicios de salud.
  • S28 Enseñanzas educativas.

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    Confis

    23/11/2024

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