MIPYMES: Suspenden la percepción de Ganancias e IVA para determinadas Operaciones de Importación
A través de la resolución general 5501, la AFIP dispone la suspensión del régimen de percepción del impuesto al valor agregado y del impuesto a las ganancias, a la importación de las mercaderías que se encuentran detalladas en el Anexo1 que forma parte de la norma, que sean realizadas exclusivamente por empresas que al momento de la importación tengan vigente el “Certificado MiPyME”.
La vigencia va a ser hasta el 16/07/2024, y solo por las mercaderías incluidas en el listado, para lo cual se tiene que realizar la operación con las formalidades que te indica el SICNEA:
«Visto el dictado de la Resolución General AFIP 5501, que establece la excepción temporal del pago de las percepciones de IVA e Impuesto a las Ganancias a la Importación de los productos que obran en el
Anexo I de la mencionada norma, siempre que fueran registradas por contribuyentes que tengan vigente el Certificado ?MiPyme?, se informa que para gozar de dicho beneficio deberán utilizar en el Sistema Informático MALVINA el código de ventaja PYME-EXC-IVAGAN.
Al utilizar dicha ventaja, el Sistema Informatico Malvina liquidará los conceptos 422 (IVA Adicional) y 424 (Impuesto a las Ganancias) con el atributo X (exceptuado).»