Percepción de IVA para bienes de consumo masivo RG (AFIP) 5334

La RG 5334 de AFIP dispuso una serie de modificaciones respecto del régimen de de percepción de IVA creado por la RG 5329, aplicable a las operaciones de venta de productos alimenticios para consumo humano (excepto carnes, frutas y hortalizas), bebidas, artículos de higiene personal y limpieza que se realicen entre sujetos que revistan la calidad de responsables inscriptos en el gravamen, que entra en vigencia a partir del próximo 01/04/2023.

A partir de esto, se deberá practicar la percepción únicamente cuando el monto de la misma supere los $ 3.000, límite que deberá contemplarse para cada una de las transacciones alcanzadas por el régimen.

Por otra parte, se dispone que serán pasibles de este régimen de percepción los responsables inscriptos en el impuesto al valor agregado que adquieran y comercialicen, sin transformación alguna, los productos detallados.

RG 5329 – Nuevo régimen de percepción del IVA / Programa Monitoreo Fiscal

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    23/11/2024

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