RG 5330 – Carnicerías. Reintegro a consumidores finales y diferimiento de ingreso de impuestos para los comercios

Se establece un régimen de reintegros a consumidores finales, de una proporción de las compras que realicen en carnicerías que se encuentren inscriptas en el “Registro de Carnicerías” hasta el 31/12/2023.

El reintegro se fija en un 10% del monto de las operaciones canceladas con tarjeta de débito, tarjetas prepagas, transacciones bajo la modalidad de pago electrónico inmediato (PEI) o con débito en cuenta a través de la utilización de QR.

El monto mensual reintegrado no podrá superar la suma de $2.000 por beneficiario y mes calendario.

El régimen de reintegro, estará a cargo de las entidades financieras y los proveedores de servicios de pago intervinientes en cada operación y se acreditará en la cuenta asociada al método de pago dentro de las 96 horas de efectuada la compra.

Los sujetos inscriptos en el Registro tendrán los siguientes beneficios:

 * Monotributistas: podrán efectuar el pago del componente impositivo de cada período fiscal hasta la fecha de vencimiento correspondiente al tercer mes inmediato siguiente al del vencimiento general.

No podrán ser excluidos de pleno derecho hasta el 31/12/2023.

* Responsables Inscriptos en el IVA: podrán ingresar el saldo de las declaraciones juradas del gravamen, hasta la fecha de vencimiento correspondiente al tercer mes inmediato siguiente al del vencimiento general.

La presentación de la DDJJ continuará realizándose según el cronograma de vencimientos generales y el beneficio se aplicará exclusivamente por los meses comprendidos durante la vigencia del programa.

Requisitos para ingresar al Registro:

  • Poseer CUIT en estado activo.
  • Poseer domicilio fiscal electrónico.
  • Haber declarado como actividad económica alguno de los siguientes códigos:
  1. 472130 – Venta al por menor de carnes rojas, menudencias y chacinados frescos.
  2. 471130 – Venta al por menor de mini mercados.
  • Monotributistas: La cantidad máxima de empleados registrados a la fecha de vigencia será de 3.
  • Responsables Inscriptos: Poseer certificado “MiPyme” vigente.

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    Confis

    23/11/2024

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