RG 5370 – Actualización de montos de diversos regímenes de retención y percepción

A partir del 01/07/2023, mediante la RG 5370, se actualizan los importes de los Regímenes de retención y percepción previstos en las Resoluciones Generales 140, 2.459, 3349 y 4.011.

REGIMENES Y PRINCIPALES CAMBIOS

RG 5370 AFIP

RG 140 – Régimen de retención del Impuesto al Valor Agregado (IVA)

Aplicable a los comerciantes, locadores o prestadores de servicios que, revistiendo en el citado gravamen la calidad de responsables inscriptos, se encuentren adheridos a sistemas de pago con tarjetas de crédito y/o pagos.

  • No corresponderá efectuar retención alguna cuando el importe a retener resulte igual o inferior a la suma de $2.000.

RG 2459 – Régimen de percepción del Impuesto al Valor Agregado (IVA)

Aplicable a operaciones de venta de cosas muebles, locaciones y prestaciones gravadas, que se cancelen mediante la entrega de granos no destinados a la siembra (cereales y oleaginosos; excepto arroz y legumbres secas como poroto, arvejas y lentejas).

  • Corresponderá efectuar la percepción cuando el monto de la misma supere los $3.800.

RG 4011 – Régimen de retención del Impuesto a las Ganancias

Aplicable a los pagos que se efectúen a los comerciantes, locadores o prestadores de servicios que se encuentren adheridos a sistemas de pago con tarjetas de créditos y/o compra.

  • No corresponderá practicar la retención si el importe a retener resulte inferior a $2.000.

RG 3349 – Régimen de Información

El cuál deben cumplir las empresas que presten el servicio de suministro de energía eléctrica, de provisión de agua, de gas, de telefonía fija y móvil.

  • Por las operaciones que, en cada mes calendario, sean iguales o superiores a la suma de $31.000.

AJUSTE ANUAL

Por medio de esta resolución se determino que los importes mencionados anteriormente se ajustarán anualmente por el coeficiente que surja de la variación anual del Índice de Precios al Consumidor Nivel General (IPC) que suministre el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), correspondiente al mes de diciembre del año anterior al del ajuste respecto al mismo mes del año inmediato anterior a este último.

AFIP publicará en el mes de abril de cada año los importes actualizados en el sitio “web” institucional, los cuales serán de aplicación a partir del 1 de mayo de cada año.

 

 

 

 

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    Confis

    19/09/2024

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